Tenemos la inmensa satisfacción y orgullo de contaros que el pasado martes, 30 de octubre, tuvo lugar en la sede del Instituto de la Mujer presidido por su directora, Silvia Buabent, el acto de votación para la elección de las 20 vocalías que integrarán el Consejo de Participación de la Mujer.

La Asociación de Mujeres para la Salud ha sido elegida para una de las vocalías y Soledad Muruaga, presidenta de AMS, será la representante de nuestra organización en este importante Consejo, a través del cual podremos incidir en las políticas de igualdad de nuestro país, aportando la experiencia y perspectiva de género feminista en la salud integral de las mujeres que nos caracteriza.

Es un logro muy importante para nosotras, pues hemos sido votadas por la mayoría de las asociaciones presentes a nivel nacional, asociaciones de todas las posiciones, lo que demuestra que estamos efectivamente consiguiendo el objetivo de ser una asociación que defiende la salud de las mujeres, con total independencia, y en la que se sienten representadas mujeres muy diversas. Además y, sobre todo, poder participar desde tan importante puesto en la vida política y asociativa de nuestro país y defender desde esta posición los derechos e intereses de las mujeres es un hito histórico para nuestra asociación.

Así, Mujeres para la Salud seremos una de las veinte vocalías en representación de las organizaciones y asociaciones de mujeres que conforman el Consejo de Participación de la Mujer. Este órgano está constituido, además de por la presidencia, dos vicepresidencias y una secretaría, por un total de 40 vocalías: trece en representación de las Administraciones Públicas, cuatro en representación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas a nivel estatal, tres personas expertas de reconocido prestigio en el ámbito de la igualdad y las veinte correspondientes a las asociaciones de mujeres, de las cuales AMS ocupamos una.

 

El Consejo de Participación de la Mujer

El Consejo de Participación de la Mujer fue constituido en marzo de 2011 como órgano de interlocución entre las asociaciones de mujeres y las administraciones públicas. Este Consejo abre un espacio para que las organizaciones de mujeres puedan “participar activamente en el desarrollo e impulso de las políticas públicas a favor de la igualdad”, según palabras de la entonces ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad Leire Pajín durante el acto de constitución del Consejo.

 

El Consejo de Participación de la Mujer es “el órgano colegiado de consulta y asesoramiento con el fin esencial de servir de cauce para la participación de las mujeres en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y la lucha contra la discriminación por razón de sexo”

(Real Decreto 1791/2009, de 20 de noviembre, por el que se regula el régimen de funcionamiento, competencias y composición del Consejo de Participación de la Mujer)

 

El artículo 2 de este Real Decreto establece que, “creado como espacio de encuentro, de colaboración y cooperación de las organizaciones y asociaciones de mujeres de ámbito estatal y de las Administraciones Públicas para la consecución de igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres”, el Consejo tendrá dos fines específicos:

  1. Ser el cauce para la participación de las mujeres en la consecución de la igualdad, recogiendo las demandas y propuestas para este fin.
  2. Erigirse como interlocutor de las entidades representativas de las mujeres ante las Administraciones Públicas y ante cualquier institución pública o privada y ante las políticas y propuestas, iniciativas y medidas encaminadas a la consecución de la igualdad.

Al Consejo de Participación de la Mujer le corresponde proponer y ejecutar las políticas del Gobierno en materia de igualdad, eliminación de toda clase de discriminación de las personas por razón de sexo y erradicación de la violencia de género. Asimismo, se le asigna la elaboración y desarrollo de las normas, actuaciones y medidas dirigidas a asegurar la igualdad de trato y de oportunidades, especialmente entre mujeres y hombres, y el fomento de la participación social y política de las mujeres. En otras palabras, podrá proponer medidas para la promoción integral de la igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres, asesorar sobre el diseño, elaboración, evaluación y seguimiento de los planes dirigidos al fomento de la igualdad y emitir informes y dictámenes sobre proyectos normativos.